PRESTACIONES SOCIALES
Definición
•
La
Prestaciones Sociales NO hacen parte del salario.
•
Son
dineros adicionales que recibe un trabajador.
•
El
trabajador debe estar vinculado con un contrato laborar.
•
Una
persona vinculada a una empresa privada o pública por prestación de servicio NO
recibe Prestaciones Sociales
•
La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia,
en sentencia de julio 18 de 1985
Define el término prestaciones sociales de la siguiente manera:
Prestación social es lo que debe el
patrono al trabajador en dinero, especie, servicios u otros beneficios, por
ministerio de la ley, o por haberse pactado en convenciones colectivas o en pactos colectivos, o en
el contrato de trabajo,
o establecida en el reglamento interno del trabajo, en fallos arbitrales o
en cualquier acto unilateral del patrono. Para cubrir los riesgos o
necesidades del trabajador que se originan durante la relación de trabajo o con
motivo de la misma. Se diferencia del salario en que no es retributiva de
los servicios prestados y de las indemnizaciones laborales en que no
reparan perjuicios causados por el patrono
Las Prestaciones Sociales Son:
•
Primas De Servicio
•
Cesantías
• Intereses a Las Cesantías Vacaciones
• Dotación
• Subsidio Familiar
Como se pagan?
Artículo 306 del Código Sustantivo Del Trabajo
«…….la prestación social denominada prima
de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se
reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra
mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre
trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
Artículo 306 del Código Sustantivo Del Trabajo
• PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación
económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de
servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas
y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente
código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.»
A continuación Video Explicativo
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